Nuevas regulaciones sanitarias en Cuba: lo que necesitas saber

Nuevas regulaciones sanitarias en Cuba: lo que necesitas saber

Cuba es uno de los destinos más atractivos y preferidos por nuestros clientes durante todo el año. Online Tours ha mantenido una larga y saludable relación con la Isla, considerada un imperdible en el Caribe. Por ello siempre te mantenemos informado sobre cualquier actualización o nueva regulación que se establece en el país, para que planificar tu viaje sea parte de la aventura de manera positiva. Es crucial entender las nuevas regulaciones sanitarias en Cuba para la importación de alimentos de origen animal. A continuación, desglosaremos las disposiciones clave dirigidas directamente a los viajeros que arriben al país, asegurándote una experiencia sin contratiempos durante tu visita a este sueño tropical.

Regulaciones sanitarias en Cuba

El marco regulatorio cubano

Las nuevas regulaciones sanitarias en Cuba para la importación de alimentos de origen animal son el resultado, de acuerdo al texto legal, de un esfuerzo por prevenir la introducción de agentes biológicos perjudiciales para la salud de los animales, la fauna silvestre y los seres humanos. El Centro Nacional de Sanidad Animal (Cenasa) del Ministerio de la Agricultura (Minag) lidera estas iniciativas, respaldadas legalmente por el Decreto Ley 137 de 1993 y la Resolución 537 de 2020, detalladas en la Gaceta Oficial de la Isla.

La primera de las regulaciones mencionadas establece la competencia del Ministerio de la Agricultura en “controlar la exportación, la importación y la circulación interna de animales, productos y materias primas de origen animal, así como de materiales y medios utilizados para su transportación envases y embalajes”. En este marco legal las regulaciones sanitarias en Cuba prohíben la entrada de productos lácteos no pasteurizados y productos cárnicos no empacados al vacío o provenientes de la fauna silvestre.

Regulaciones sanitarias en Cuba

Diferencias entre importaciones comerciales y personales

Las importaciones de alimentos con carácter comercial están sujetas a rigurosos requisitos y procedimientos respaldados por regulaciones sanitarias, comerciales y legales. Sin embargo, estos procesos no se llevan a cabo cuando se trata de viajeros o personas naturales, por lo que es más difícil para el país de destino asegurar la calidad e inocuidad de los alimentos importados. Es vital comprender estas distinciones para evitar inconvenientes durante tu viaje.

Regulaciones sanitarias en Cuba: ¿Qué no puedes importar?

La siguiente es la lista oficial que aparece en la normativa del Centro Nacional de Sanidad Animal, parte de las regulaciones sanitarias en Cuba, publicada el pasado 10 de enero de 2024:

1. Leche fluida y derivados lácteos en general no pasteurizados

2. Carnes frescas, congeladas, deshidratadas o saladas, vísceras comestibles, productos cárnicos semielaborados (hamburguesas; picadillos; albóndigas; conformados como palitos de carne, nuggets y otros productos empanados; chorizos crudos; salamis; pastas untables; jamón crudo, salchichones y tocinetas crudos, fermentados, sobreasada, peperoni, cervelat y otros productos crudos fermentados) y productos semicocidos que no estén empacados al vacío

3. Carnes frescas y sus cortes con hueso de cualquier origen. 

4. Carnes de cualquier especie (excepto pollo) con hueso de cualquier origen, independientemente de haber recibido o no algún tipo de tratamiento para su mejor conservación. 

5. Carnes procedentes de la fauna silvestre en cualquier forma de presentación. 

6. Nuggets de pollo y otros empanados crudos (no fritos) 

7. Alimentos para mascotas que en su base proteica contengan harinas de rumiantes, independientemente del país de origen.

Regulaciones sanitarias en Cuba

Facilidades para la importación

Además de las prohibiciones, las regulaciones sanitarias en Cuba incluyen una serie de productos cuya importación se favorece. Esto se determina considerando la situación zoosanitaria de los países de origen y los acuerdos entre los servicios veterinarios oficiales. Las facilidades incluyen:

1. Conservas cárnicas (enlatadas) de bovinos y porcinos, debidamente identificadas y de marcas comerciales reconocidas, procedentes de los países que por su situación zoosanitaria actual y acuerdos establecidos entre Servicios Veterinarios Oficiales son elegibles para Cuba (Francia, España, Portugal, Estados Unidos, Canadá, México, Panamá, Costa Rica, Honduras, Nicaragua, Ecuador, Colombia, Brasil, Argentina, Chile y Uruguay).

2. Conservas cárnicas (enlatadas) de aves, debidamente identificadas y de marcas comerciales reconocidas, procedentes de los países que por su situación zoosanitaria actual y acuerdos establecidos entre Servicios Veterinarios Oficiales son elegibles para Cuba (España, Francia, República Dominicana, Honduras, Panamá, Costa Rica, Nicaragua, Brasil y Uruguay).

3. Carnes frescas, congeladas, deshidratadas o saladas, vísceras comestibles, productos cárnicos semielaborados (hamburguesas; picadillos; albóndigas; conformados como palitos de carne, nuggets y otros productos empanados; chorizos crudos; salamis; pastas untables; jamón crudo, salchichones y tocinetas crudos, fermentados, sobreasada, peperoni, cervelat y otros productos crudos fermentados) y productos semicocidos, empacados al vacío de bovinos, porcinos, ovinos y caprinos, debidamente identificadas y de marcas comerciales reconocidas, procedentes de los países que por su situación zoosanitaria actual y acuerdos establecidos entre Servicios Veterinarios Oficiales son elegibles para Cuba (Francia, España, Portugal, Estados Unidos, Canadá, México, Panamá, Costa Rica, Nicaragua, Ecuador, Colombia, Brasil, Argentina, Chile y Uruguay).

Regulaciones sanitarias en Cuba

4. Carnes frescas, congeladas, deshidratadas o saladas, vísceras comestibles, productos cárnicos semielaborados (hamburguesas; picadillos; albóndigas; conformados como palitos de carne, nuggets y otros productos empanados; salamis; pastas untables; productos semicocidos, empacados al vacío de origen aviar, debidamente identificadas y de marcas comerciales reconocidas, procedentes de los países que por su situación zoosanitaria actual y acuerdos establecidos entre Servicios Veterinarios Oficiales son elegibles para Cuba (Francia, España, México, Honduras, Panamá, Costa Rica, Nicaragua, Brasil y Uruguay).

5. Embutidos elaborados a base de res y/o cerdo. Se autorizan con carácter temporal, procedentes de los países que por su situación zoosanitaria actual y acuerdos establecidos entre Servicios Veterinarios Oficiales son elegibles para Cuba (España, Portugal, Estados Unidos, Canadá, México, Panamá, Costa Rica, Colombia, Nicaragua, Brasil, Argentina, Chile y Uruguay) 

6. Embutidos elaborados a base de aves. Se autorizan con carácter temporal, procedentes de los países que por su situación zoosanitaria actual y acuerdos establecidos entre Servicios Veterinarios Oficiales son elegibles para Cuba (México, Honduras, Panamá, Costa Rica, Colombia, Nicaragua, Brasil y Uruguay) 

7. Productos del mar (en conserva o no) originados de cualquier área geográfica. 

8. Leche fluida UHT, condensada, evaporada, y postres lácteos originadas de cualquier área geográfica. 

9. Leche en polvo originada de los países que por su situación zoosanitaria actual y acuerdos establecidos entre Servicios Veterinarios Oficiales son elegibles para Cuba (España, Portugal, Estados Unidos, Canadá, México, Panamá, Costa Rica, Nicaragua, Brasil, Argentina, Chile y Uruguay) 

10. Quesos maduros pasteurizados originarios de cualquier área geográfica o elaborados a partir de leches ultrapasteurizadas. 

11. Alimentos para mascotas sin carácter comercial que en su formulación contengan carne de aves, cerdo, pescados y vegetales como base proteica (el viajero deberá consultar previamente si es posible su entrada a partir del país de origen del producto).

Regulaciones sanitarias en Cuba

Actualizaciones constantes y advertencias importantes

Es crucial tener en cuenta que las facilidades y la lista de países elegibles pueden cambiar según la evolución de la situación zoosanitaria de los países emisores (aquellos en lo que se produce el alimento y está reflejado en la etiqueta del producto). Estas actualizaciones se publicarán sistemáticamente en la web del Minag, como parte de las regulaciones sanitarias en Cuba. 

Además, se advierte sobre la importancia de evitar productos cuyo embalaje sufra algún tipo de rotura o deterioro, ya que podrían convertirse en vehículos de agentes causantes de enfermedades, con consecuencias como el decomiso inmediato y la posterior incineración.

Viaja con Online Tours

Al planificar tu viaje a Cuba con Online Tours, entender las nuevas regulaciones sanitarias en Cuba es esencial para garantizar una experiencia sin complicaciones. Estar informado sobre las prohibiciones y facilidades te permitirá disfrutar plenamente de este destino caribeño único. Mantente actualizado con las últimas noticias en nuestro blog para asegurarte de tener la información más reciente antes de tu partida. ¡Prepárate para explorar la belleza y la cultura de Cuba con confianza y tranquilidad!

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